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NUEVA PROPUESTA
DE MODIFICACION EN DIRECTIVA MOROSIDAD
OPERACIONES COMERCIALES QUE AFECTARIA A
PYMES |
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Información elaborada por Alberto Velasco,
Director Servicio de Estudios CGCEE.
Director de Relaciones Internacionales del
CGCEE: José María Casado.
Para obtener
más información internacional, boletines
internacionales BIE anteriores, Congresos
internacionales... puede acudirse al
apartado internacional de la web del
Consejo General de Colegios de Economistas,
CGCEE www.economistas.org siguiente:
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La Comisión
Europea ha hecho público recientemente ,
basándose en un compromiso de la Small Business
Act ([Ley de la
Pequeña Empresa])un nuevo
planteamiento para afrontar el problema de la
morosidad y propone introducir cambios sustanciales en
la Directiva sobre la morosidad del año 2000 [Directiva
2000/35/CE y su transposición en
España LEY 3/2004, de 29 de
diciembre, por la que se establecen medidas de lucha
contra la morosidad en las operaciones
comerciales ] La
Comisión sugiere que los poderes públicos den ejemplo y,
por norma, paguen sus facturas en un plazo de treinta
días. Paralelamente, la Comisión se
compromete a acelerar el pago de los bienes y los
servicios para lograr plenamente los objetivos en
materia de pago de facturas, en algunos casos aplicando
incluso plazos más cortos que el actual plazo
legal.
Günter Verheugen,
Vicepresidente de la Comisión Europea, responsable de
Empresa e Industria, ha declarado: «No debemos seguir
tolerando la morosidad de las administraciones públicas.
La propuesta de hoy supone una importante contribución
para superar la crisis económica, ayudando a evitar
nuevas quiebras y favoreciendo la tesorería de las
empresas europeas para reforzar su competitividad a
largo plazo.»
Los cambios propuestos reflejan
la importancia de pagar a tiempo a las empresas,
especialmente las PYME:
-
Por norma general,
los poderes públicos deberían pagar en un plazo de
treinta días o abonar intereses, una compensación por
los costes de cobro y una compensación a tanto alzado
equivalente al 5 % de la cantidad adeudada,
aplicada desde el primer día de retraso. En los casos
debidamente justificados, pueden alargarse los plazos
de pago.
-
Se respetará la
libertad de contrato en las relaciones entre empresas,
pero en caso de morosidad éstas podrán reclamar
intereses de demora y una compensación por los costes
de cobro.
-
Se endurecerán las
normas sobre los contratos manifiestamente
abusivos.
La propuesta tiene por
objeto mejorar la tesorería de las empresas europeas,
aspecto especialmente importante en tiempos de crisis
económica, y favorecer el buen funcionamiento del
mercado interior eliminando los obstáculos a las
transacciones comerciales transfronterizas vinculadas a
este problema.
Esos objetivos se
conseguirán poniendo a disposición de los acreedores los
instrumentos necesarios para que ejerzan plena y
eficazmente sus derechos cuando no cobran a tiempo y
aplicando a las administraciones públicas medidas que
las disuadan de no pagar en los plazos
establecidos.
La medida podría
entrar en vigor en 2010.
Más
información:
Texto de la propuesta:
seleccionado en castellano:
http://ec.europa.eu/enterprise/regulation/late_payments/doc/8_april_2009/act_es.pdf
[resumen de
la propuesta]
[impacto de
la propuesta]
Documentación original en
inglés:
http://ec.europa.eu/enterprise/regulation/late_payments/index.htm
Small Business Act
Esperamos que esta
información sea de
utilidad.
Saludos
cordiales.
Manuel
Hernando
Asesor
CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE
ECONOMISTAS,
CGCEE