ACUERDO DE COLABORACION CON EMPRESAS

De una parte Colegio de Economistas de Navarra con domicilio en Avda. Pío XII, 18 entreplanta derecha, Oficina 8 y CIF Q-3118008-F representada en este acto por D. Pedro Berastain Díez, con NIF 51.572.398-G.
En adelante la Empresa.


Y de otra parte AC DOS GESTORA, S.L., con domicilio en Pº de la Castellana 110, 7ª Planta, 28046 MADRID y CIF B-82040452, representa en este acto, por Marta Díaz-Leante con DNI 33.427.364. En adelante AC HOTELES.

Ambas partes se reconocen con capacidad legal para suscribir el presente acuerdo de colaboración y aceptan libremente las condiciones pactadas en el lugar y fecha indicada.


CONDICIONES PARTICULARES

1. Aceptan y reconocen las condiciones particulares y generales del presente acuerdo.

2. Las Tarifas de los hoteles, que se aplicarán a las reservas efectuada/s por la/s empresa/s, son las establecidas en el anexo 1, sin perjuicio de que AC HOTELES pueda variarlas sin previo aviso.

3. La empresa/s abonará los servicios prestados por los hoteles en las siguientes condiciones:

Pago Directo en el Hotel ?

En Pamplona a 15 de Febrero de 2001-12-18

Por AC HOTELES Por LA EMPRESA
NOMBRE: Marta Díaz-Leante NOMBRE: Pedro Berastain Díez
CARGO: Dpto. Comercial CARGO: Decano - Presidente
FIRMA Y SELLO FIRMA Y SELLO



CONDICIONES GENERALES

Previo: Definiciones.-

Empresa: Se refiere a una sociedad que gira en el tráfico mercantil bajo una misma marca, razón social o que forman parte de un mismo grupo de empresas.

Cliente/s: Se refiere al contratante del hotel, que podrá actuar en nombre propio o por cuenta de cualquier tercero, siempre y cuando acredite debidamente dicha representación.

Hotel: Cada uno de los hoteles de la cadena AC HOTELES.

1.- Las condiciones establecidas en el presente contrato serán de aplicación para aquella/s empresa/s que previamente hayan sido incluidas en la base de datos de AC HOTELES.

2.- La empresa deberá efectuar las reservas de los clientes por alguno de los dos medios siguientes:

- Telefónicamente llamando al número 902.292293, o aquel que le sea comunicado en caso de que fuese modificado; las reservas efectuadas por este medio deberán confirmarse por fax, al número que se indica en el punto siguiente, dentro del horario comprendido entre las 8:00 y las 22:00 del día en que se realice la reserva.
- Mediante Fax al número 917.244263, o aquel que le sea comunicado en caso de que fuese modificado.

A los efectos del presente contrato cuando la empresa efectúe una reserva a través de cualquiera de los dos medios posibles y la respuesta de AC HOTELES sea positiva, se entenderá formalizada a todos los efectos, aceptando las partes desde ahora y para entonces como acreditación suficiente la ficha elaborada por la central de reservas de AC HOTELES con los datos del cliente facilitados por la empresa, sin perjuicio de la confirmación que la empresa efectúe por fax en el supuesto de realizarse la reserva telefónicamente.

3.- El cliente deberá registrarse antes de las 18:00 horas; en caso de llegadas posteriores deberá garantizarse la reserva mediante tarjeta de crédito, autorizando, desde ahora y para entonces, a efectuar en la misma el cargo de una noche en el supuesto de no presentación del cliente.

4.- El pago de los servicios prestados al cliente cuya reserva se haya efectuado por la empresa, podrá efectuarse en efectivo metálico o mediante tarjeta de crédito.

El cliente deberá abonar la habitación y el resto de servicios antes de abandonar el hotel, según las tarifas que figuren en la base de datos de AC HOTELES.

5.- El pago de los servicios prestados por los hoteles se realizará en los plazos previstos en las condiciones particulares, con independencia de que el Hotel remita a la empresa las facturas de los servicios prestados a sus clientes mensualmente, o a medida que se presten los mismos.

La empresa se obliga al pago de las facturas en los plazos y condiciones pactados.
En todo caso las facturas que emita AC HOTELES se incrementarán con el IVA vigente y cualquier otro impuesto que pudiera establecerse.

El impago de una factura supondrá la inmediata suspensión del presente acuerdo y, en su caso, a voluntad de AC HOTELES, su resolución.

6.- Cualquier notificación que deban realizarse las partes deberá efectuarse en el domicilio indicado en las condiciones particulares.

7.- Para cualquier divergencia en la ejecución o interpretación del presente contrato, las partes con renuncia expresa al fuero propio que pudiere corresponderle, se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.

8.- AC HOTELES se reserva el derecho a resolver el presente contrato con un preaviso de 30 días, y sin que ello de lugar a que nazca obligación de indemnizar a la empresa por ningún concepto.